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Jorge Acosta: ¿Se puede entender la "crisis de las Isapres"?

En el último tiempo han surgido una serie de conceptos, hitos, fechas, proyectos de ley, dictámenes y declaraciones en torno a la denominada “crisis de las Isapres”. Para muchos ha sido agobiante este enjambre lingüístico, porque se entiende poco o nada de los tecnicismos que se utilizan en la discusión pública. No obstante, comprendiendo lo esencial, es posible tener los elementos necesarios para hacerse un adecuado juicio de la situación y las alternativas de solución. Mal que mal, en salud hay experiencia reciente de aquello.

Después de varios años de pandemia, fue posible encontrar en múltiples conversaciones familiares o con amigos el uso habitual de conceptos técnicos, antes impensados en ser utilizados con naturalidad de forma masiva. Todos hablaban de “cuarentenas, PCR, positividad, cama UCI, test de antígeno”, por nombrar algunos. Si se pudo entonces, esta vez también se podrá, más aún considerando que la discusión actual ciertamente dará para largo.

Lo primero que hay que saber es cómo se compone el precio de un plan de salud en cualquier Isapre, es decir, cómo se calcula el costo que pagan mensualmente sus beneficiarios. Este tiene tres pilares: el precio base de cada plan (según las características de cobertura, red de prestadores, etc), que se multiplica por un “factor” asociado a su edad (y a la de cada una de sus cargas) y, por último se adiciona la denominada “prima GES”, que permite financiar las atenciones de 87 patologías priorizadas.

De lo anterior se desprende la importancia de la tan mencionada “tabla de factores”, que se utilizaba para calcular el número o factor por el que se multiplicaría el precio base del plan. Hasta el año 2010, cada Isapre establecía su propia tabla donde había un número prácticamente para cada edad y además se establecían precios diferenciados para hombres y mujeres.

Aquello fue cuestionado por el Tribunal Constitucional, establecimiento que dicha discriminación vulneraba los principios de igualdad ante la ley, el derecho a la protección de la salud y a la seguridad social, por lo que dictaminó que las “tablas de factores” determinadas por cada Isapre eran inconstitucionales.

Pero en la práctica, la situación se mantuvo igual por 9 largos años; el Tribunal exhortó a los poderes colegisladores a resolver el asunto, porque ellos eran los llamados a modificar la política pública y no el TC. Durante ese periodo, tanto el Ejecutivo como el Legislativo no fueron capaces de avanzar.

No obstante, en 2019 la Superintendencia de Salud dictó una circular con la que estableció una nueva tabla de factores que debía ser utilizada por todas la Isapres, a la luz de lo resuelto por el Tribunal Constitucional, donde se eliminaba la discriminación por sexo y se atenuaba significativamente la diferenciación por edad. Además se establecía que al aumentar de edad no se pasaba a un siguiente nivel, con el consecuente costo adicional.

Esto significó que cada plan nuevo que era contratado debía ser calculado con esta nueva tabla de factores. No obstante, los planes antiguos siguieron utilizando las tablas antiguas. Aquello generó múltiples recursos en la justicia, que en su gran mayoría eran favorables para los usuarios.

Frente a esta situación, el 30 de noviembre del año pasado, la Corte Suprema dictaminó que debía aplicarse la tabla de factores de 2019 a todos los planes de salud (y no sólo a los nuevos), lo que implicaba devolver los cobros en exceso realizados entre esa fecha y la actualidad, en caso de que los montos fueran menores y mantener los precios en caso de que el plan calculado con la nueva tabla fuera mayor. Así mismo, estableció que no debía cobrarse por los niños menores de 2 años.

En ese fallo, la Suprema le entregó un plazo de 6 meses a la Superintendencia de salud para resolver la forma práctica en la que debía ser implementado el fallo. Frente a aquello, a pocos días de cumplido el plazo, el gobierno presentó un proyecto de ley y solicitó ampliación del plazo, el que fue otorgado por 6 meses más.

Muy sintéticamente, el proyecto del gobierno propone que cada Isapre entregue un plan de pago a sus usuarios, el que será revisado por un organismo técnico y determinado por la Super de Salud en caso de no ser satisfactorio.

¿El problema? Según los cálculos del gobierno, esto representaría US$1.400, algo así como el 40% de todas las cotizaciones obligatorias que reciben las Isapres. Esa magnitud ciertamente supone la quiebra del sistema, con la consecuente imposibilidad de saldar la deuda y, lo que es más grave, la consecuente caída de múltiples prestadores privados (clínicas, centros médicos, etc) que han servido de fuente de financiamiento para las Isapres al aumentar el crédito que le han otorgado para poder seguir funcionando, llegando a una cifra en torno a los $500 mil millones.

Muchos podrían sostener que aquello sólo perjudicaría a los dueños de las Isapres y las clínicas, por lo que no es de interés público. No obstante, lo que no se considera es el drama que le tocará vivir a 9 millones de pacientes que se atienden en las clínicas y centros médicos (dos tercios de ellos tienen Fonasa) que de la noche a la mañana tendrán que atenderse en el sobresaturado sistema estatal, donde ya existen 2,2 millones de personas en listas de espera para un especialista y 300 mil para cirugía, con un año y medio de demora promedio.

Es decir, podríamos estar frente a un verdadero Transantiago de la salud.

En paralelo, senadores de la oposición ingresaron una reforma constitucional que permite resolver el problema de la aplicación del fallo, manteniendo la viabilidad del sistema, ya que se establece que la tabla de factores de 2019 deberá ser utilizada –como lo señaló la Corte Suprema– pero los precios base deberán ser recalculados para obtener el valor “más parecido posible” al efectivamente pagado en ese periodo. Además se reconoce el no cobro por cargas menores de 2 años y se establece el pago de los excedentes producto de aquello.

La justificación del proyecto anterior se basa en aplicar el fallo, permitir la viabilidad del sistema y mandatar al Ejecutivo para que dentro del plazo de un año envíe un proyecto de reforma a la salud que se haga cargo de los problemas de fondo, que desde hace 12 años no han sido asumidos como corresponde por la clase política que sólo ha estado actuando reactivamente frente a dictámenes de las cortes.

Este proyecto fue aprobado por la Comisión de Constitución del Senado y criticado por el gobierno. A su vez, el Presidente del Senado sostuvo que la “ley corta” del gobierno no flotaba en el Congreso. El tiempo sigue corriendo y todo parece seguir en un eterno punto muerto.

Jorge Acosta
Director del programa de Salud y Bioética del Instituto Res Publica