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OPINIÓN

Constanza Schneider: Momento constitucional chileno: ¿lección aprendida?

Actualmente Chile vive un periodo constitucional, que fue pensado como una solución a la inestabilidad política y social surgida en 2019. Sin embargo, el proceso ha sumido al país en una extensa incertidumbre jurídica por lo que el ánimo de expertos y la ciudadanía en general tiende a esperar su pronta conclusión.

El primer proceso constitucional chileno  tuvo como protagonista a la Convención Constitucional, que luego de un año de trabajo –caracterizado por las ideas de extrema izquierda– terminó en un plebiscito en que la mayoría de los chilenos rechazó la propuesta. A raíz de ese contundente rechazo, surgió el segundo intento de cambiar la constitución vigente. 

El proceso actual se compone de una Comisión de Expertos con la tarea de redactar un anteproyecto que sirve de base para el trabajo de un segundo órgano: el Consejo Constitucional. Este anteproyecto fue moderado en las materias que abordaba, alejado de las grandes disputas constitucionales.  

El Consejo Constitucional, por su parte, se compone de 50 miembros que fueron elegidos por votación popular, y trabaja actualmente en la redacción de la propuesta final que se presentará a la ciudadanía para que sea votada en un plebiscito de salida. Los consejeros podrán modificar el anteproyecto mediante enmiendas, que podrán agregar, suprimir o modificar elementos del texto de los expertos. 

La presentación de enmiendas es la oportunidad de las distintas bancadas para demostrar el rumbo constitucional que buscan fijar para el país. Para ello es útil mirar al proceso anterior, que puso sobre la mesa temas que continúan en la discusión como la paridad de género o el Estado Social de Derecho. Sin embargo, el tono extremista de la propuesta fue el ejemplo perfecto de lo que no se debe hacer, por lo que el segundo intento se ha caracterizado por contener ideas más moderadas. De todas maneras la moderación no puede ser una excusa para la falta de defensa de los derechos y libertades de las personas. La propuesta del Consejo debe ser una verdadera mejora para el Estado de Derecho, el sistema político y, en definitiva, para la vida de todas las personas, respetando íntegramente sus derechos y libertades. 

Otro elemento fundamental del proceso es la participación ciudadana, en ese sentido se habilitaron cuatro formas de participación, siendo la más relevante la presentación de iniciativas populares de norma. Estas iniciativas podían ser presentadas por cualquier ciudadano y debían reunir 10.000 firmas para ser debatidas en el Consejo Constitucional. En total, se presentaron más de 1.300 iniciativas, de las cuales sólo 31 cumplieron los requisitos de apoyo ciudadano. 

No por nada, muchas de estas iniciativas trataron sobre Derechos Fundamentales, como el derecho a la vida, pensiones, derecho preferente de los padres a educar a sus hijos, seguridad, libertad de conciencia y religión, entre otras materias. La mayoría de las propuestas ciudadanas se referían a derechos y libertades que se vieron fuertemente amenazados en el proceso anterior.

Durante los próximos meses se votarán las enmiendas y las iniciativas populares presentadas, por lo que se trata de la oportunidad perfecta para que los Consejeros demuestren su compromiso en la defensa de los derechos de las personas, principalmente los que se han visto más amenazados en el último tiempo. El consejo debe proteger la vida de todo ser humano, fortalecer la autonomía de los proyectos educativos y evitar medidas que fortalezcan un Estado que asfixie las libertades de las personas. 

En definitiva, el segundo proceso constitucional se ha caracterizado por ser sustancialmente más serio que el espectáculo de la Convención Constitucional. Esta seriedad demuestra que la institucionalidad chilena pudo recuperarse a través de un proceso mesurado, con un debate sensato y supo mantener aspectos positivos como la participación de la ciudadanía que alzó la voz para defender sus derechos y libertades fundamentales. 

Es necesario considerar que, en la eventualidad de que el texto propuesto por el Consejo Constitucional se rechace, la Constitución de 1980 continuaría vigente, reafirmándose nuevamente su validez y legitimidad para la ciudadanía.

De todas maneras, existe la posibilidad de un tercer proceso, pero para ello sería necesaria una nueva reforma constitucional que contenga las normas para el nuevo proceso constitucional y, con ello, más gasto de recursos, menos atención a los problemas que aquejan a los chilenos día a día y una lamentable prolongación del periodo de incertidumbre constitucional.


Constanza Scheneider. Investigadora Programa Constitucional.